Cabecera Cómo solicitar un préstamo ICO para hacer frente a la crisis del coronavirus

Cómo solicitar un préstamo ICO para hacer frente a la crisis del coronavirus

La crisis del coronavirus ha hecho que numerosos autónomos y PyMES hayan tenido que interrumpir su actividad laboral, viéndose mermados sus ingresos mensuales. Además de suponer una emergencia sanitaria, la enfermedad del Covid-19 ha hecho que el mundo entero entre en una grave crisis económica ante la cual los gobiernos de todos los países han de hacer frente, ofreciendo ayudas económicas a los sectores más perjudicados por este hecho.

En España, hemos visto como se han tramitado miles de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, también conocidos como ERTEs, en todo tipo de empresas que no sean capaces de sufragar los salarios de sus trabajadores.

El desplome del sector turístico y hostelero, dos de los grandes pilares de la economía española, y la inquietud de los autónomos por no poder generar ingresos para poder salvar su negocio ha hecho que el Gobierno de España ponga en marcha un plan de choque que ayude a paliar los efectos que ha dejado tras de sí la crisis del coronavirus.

En este plan de choque planteado por el Ejecutivo se incluye una línea de avales destinados a garantizar la liquidez de los sectores más afectados. Una línea que alcanzará los 100.000 millones de euros y será gestionada por el Instituto Oficial de Crédito (ICO). Para solicitar la línea de financiación ICO del Covid-19 los interesados deberán cumplir una serie de requisitos fundamentales que detallaremos a continuación.

¿Qué son las líneas ICO?

El ICO o Instituto Oficial de Crédito es una entidad pública adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital con el fin de promover actividades económicas que fomenten el crecimiento y el desarrollo del país, además de mejorar la distribución de la riqueza nacional. Actúa como un banco público para conceder préstamos que financien operaciones de inversión y liquidez de las empresas y PyMES.

Este Instituto dispone de líneas de financiación, conocidas como líneas ICO. Con ellas, el ICO facilita fondos con la intermediación de diversas entidades de crédito. Existen distintas líneas ICO para todo tipo de grandes empresas, PyMES, autónomos o emprendedores, con el fin de ayudarles a financiar su actividad a corto, medio o largo plazo, para cualquier tipo de inversión.

¿Qué son las líneas ICO?

Líneas ICO Covid-19: la solución para empresas, PyMES y autónomos para hacer frente a la crisis económica

La línea de financiación del Covid-19 se engloba en otra línea ICO para el Sector Turístico y Actividades Conexas Covid-19/Thomas Cook, que se había abierto inicialmente para ayudar a los afectados por la quiebra de las agencias de viajes. A la dotación inicial de 200.000 millones de euros se le sumarían 100.000 millones de euros adicionales dedicados a ayudar a los sectores más afectados por la crisis del coronavirus.

Condiciones de los créditos ICO Covid-19

Estos préstamos podrán ser solicitados tanto por autónomos como PyMES y grandes empresas. El primer tramo de la línea ICO Covid-19 ha sido dotada con 20.000 millones de euros para ayudar a paliar los efectos de la crisis económica derivada del coronavirus. El 50% de la cantidad que se ha puesto a disposición para la línea ICO está destinada a autónomos y PyMES, dos colectivos que están sufriendo de forma más acuciada los efectos de la crisis económica y que suelen encontrar mayores problemas para acceder a financiación.

Dependiendo de las características del solicitante, se pedirán unos requisitos específicos que deberán cumplir para ser candidatos a la concesión de un crédito ICO.

El plazo en el que se podrán solicitar los créditos ICO será desde el 6 de abril del 2020 al 30 de septiembre de 2020.

Requisitos para solicitar los créditos ICO Covid-19

A pesar de ser muchos los sectores afectados por esta crisis, no todas las empresas podrán acogerse a estas ayudas a menos que cumplan con una serie de requisitos para ser candidato a solicitar las ayudas de la línea ICO Covid-19.

Autónomos, microempresas y PyMES

Todos aquellos profesionales que pertenezcan a uno de estos tres sectores deberán reunir los siguientes requisitos para acogerse a las ayudas de la línea ICO Covid-19:

  • Estar constituido como autónomo o microempresa (hasta 10 empleados).
  • Estar constituido como una empresa que tenga un máximo de 250 empleados y unas ventas inferiores a 50 millones de euros, o tener un total de activo inferior a 43 millones de euros.

Podrán solicitarlas cualquiera de estos profesionales, independientemente del sector de actividad al que pertenezcan. Estarán destinadas a sufragar necesidades de liquidez como el pago de salarios, alquileres o gastos fijos, pagos a proveedores, pagos de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.

El importe que podrán recibir estos profesionales será de hasta 1,5 millones de euros o hasta el 25% de ingresos anuales, o lo equivalente a 24 meses de gastos de personal.

El plazo de devolución del préstamo será de hasta 5 años, con 1 de carencia. El Gobierno avalará hasta el 80% del importe del préstamo.

Grandes empresas

Las líneas ICO Covid-19 para grandes empresas se otorgarán a aquellas sociedades que posean más de 250 empleados en su plantilla, y que facturen más de 50 millones de euros o con un total de activo superior a 43 millones de euros.

Podrán solicitar esta ayuda independientemente del sector de actividad en el que se engloben. Esta ayuda debe ir destinada a sufragar necesidades de liquidez como el pago de salarios, alquileres o gastos fijos, pagos a proveedores, pagos de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.

El importe que podrán recibir las grandes empresas que soliciten la línea ICO Covid-19 será de hasta el 25% de ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal. El plazo de devolución del crédito será de hasta 5 años con un año de carencia, y tendrán una garantía del 70% para nuevas operaciones y 60% en renovaciones.

Aunque las condiciones generales bajo las cuales las empresas y autónomos podrán solicitar las líneas ICO Covid-19 son muy similares, la diferencia radica en la cantidad avalada y el máximo de crédito que se puede solicitar según el tipo del negocio, su tamaño y facturación. Los créditos deberán solicitarse al banco, aunque para su aprobación, también intervendrá el ICO por lo que, todos los interesados en acogerse a las líneas ICO Covid-19 deberán presentar la siguiente documentación:

Grandes empresas
Grandes empresas

Documentación para el banco

De forma orientativa, estos son algunos de los documentos que la entidad bancaria podrá pedirte. De esta forma realizarán un estudio de riesgo, al igual que en todas las operaciones de crédito, para valorar si pueden concederte dicha ayuda económica.

  • Auditoría de la empresa.
  • Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias del año anterior.
  • Los modelos 390, 190 y 347 del año 2019.
  • Los modelos 303 y 111 trimestrales de 2019.
  • Certificado que acredite que está al corriente de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social y Hacienda.
  • Pool Bancario de las fuentes de financiación existentes.
  • Cap table o porcentaje de accionariado y capital invertido total.
  • Escritura de constitución y escrituras de ampliación de capital.
  • Investor deck y Business plan.
  • Detallar el fin al que se le va a dar el dinero obtenido mediante el crédito.

Documentación para el ICO

Una vez que has facilitado toda la documentación al banco, la entidad la remite al ICO para su revisión, que también te pedirá que cumplimentes tres formularios. Son los siguientes:

  • Anexo cero de documentación de tu negocio: En este documento se incluye toda la información importante de tu negocio como su razón social, el tipo de empresa, el tipo de financiación que solicitas y su finalidad, además de mostrar sus datos económicos mediante un Balance.
  • Declaración responsable jurada: En este documento deberás declarar que el importe del préstamo no supera el doble de los costes salariales anuales de tu negocio, o bien, que no supera el 25% del volumen de negocio del año anterior.
  • Declaración de ayudas sujetas al reglamento de Minimis: En este documento deberás hacer constar si has recibido alguna ayuda de minimis, que son aquellas ayudas que otorga la UE por una cuantía menor a 200.000 euros. Si se ha recibido alguna ayuda de este tipo, el interesado en el crédito ICO deberá detallar las cantidades, el organismo y el destino de la ayuda.

¿En qué entidades bancarias podrá solicitarse los créditos ICO Covid-19?

Para solicitar estas ayudas únicamente deberemos dirigirnos a nuestra entidad bancaria para comenzar a realizar los trámites necesarios para solicitar nuestro crédito ICO Covid-19.

Algunos de los bancos en los que podrás solicitar tu crédito son los siguientes:

Los préstamos ICO Covid-19 cuentan con el aval del Estado, por lo que las entidades bancarias tienen facilidad a la hora de concederlos. Solo asumen el riesgo sobre un porcentaje del total concedido, que oscila entre un 20% y un 40% del total dependiendo del caso.

El tipo de interés del crédito ICO será fijado por el banco mediante sus propias condiciones, atendiendo a la emergencia de la situación y no siendo superior al tipo de interés que ofrecía hasta la fecha. Con esta medida el Gobierno garantiza que las entidades ofrezcan unos tipos de intereses justos para los solicitantes del crédito.

Las líneas ICO Covid-19 estarán operativas desde el lunes 6 de abril. Si eres autónomo o empresario, podrás dirigirte a tu entidad bancaria para comenzar con todos los trámites necesarios para solicitar tu crédito y de esta forma hacer frente a los problemas económicos y financieros derivados de la crisis económica.

Financiación ICO Covid-19